Opinión y análisis

A 60 años del Acuerdo Para Resolver la Controversia de la Reclamación Esequiba (I)

Tomada de El Ucabista

Claudio Alberto Briceño Monzón[i] 17.03.26

Nada importa más a las naciones para precaver disputas y guerras, que fijar con la mayor exactitud los linderos o términos de sus territorios.”[ii]    

Andrés Bello

La conciencia territorial es más que la mera relación, racional, entre el hombre y la naturaleza: es el apego profundo del hombre al suelo patrio. Ella se ha hecho patente a través del cultivo de la historia y la geografía. La historia de Venezuela, en este sentido, nos ha mostrado el proceso de formación y de integración territorial del país, desde la colonia hasta nuestros días. La geografía nacional, nos ha enseñado a estudiar y explicar los fenómenos físicos, biológicos y humanos de nuestro espacio y sus posibilidades actuales y futuras, contribuyendo así a crear una sana comprensión geopolítica y reafirmando el ejercicio nacional y la integridad territorial. 

Hace 60 años, se firmó un pacto conocido como “Acuerdo de Ginebra”, nombre poco adecuado para comunicar el verdadero trasfondo del Acuerdo para resolver la controversia de la reclamación sobre el territorio denominado Esequibo. A seis décadas de distancia, sostenemos que los venezolanos debemos conocer sobre el proceso de desarrollo histórico de esta reclamación territorial. Porque si el país reclama la Zona Oeste del Esequibo, es porque existen razones históricas sólidas que justifican plenamente nuestros derechos. 

La soberanía sobre el territorio Esequibo se fundamenta en hechos geográficos e históricos. Venezuela, en la delimitación de sus fronteras, ha utilizado a su favor documentos como las Cédulas Reales que confirman sus derechos históricos desde tiempos de la dominación colonial hispánica. Sin embargo, por un exabrupto jurídico y atropello colonialista británico, Venezuela fue forzada a firmar en Washington un Tratado de Arbitramiento en 1897, que condujo inexorablemente a una sentencia arbitral manifiestamente injusta, que vulneró los principios del Derecho de Gentes. Es por esto que los venezolanos hemos afirmado desde entonces que el Laudo del 3 de octubre de 1899 fue y es absolutamente nulo.

Venezuela nunca aceptó la decisión arbitral de 1899, postura que manifestó de manera constante a lo largo del siglo XX. Aquel 3 de octubre, un tribunal arbitral en París, compuesto exclusivamente por jueces estadounidenses e ingleses y un miembro supuestamente neutral de nacionalidad rusa –que, en la práctica, demostró estar subordinado a los intereses británicos–, se dispuso a dictar sentencia sobre un asunto vital para Venezuela: el destino del extenso territorio de la Guayana Esequiba. No obstante, por diversas razones, a los venezolanos de hoy les importa poco conocer lo que sucedió en 1899, por lo que es urgente recuperar la conciencia sobre este despojo en la reflexión histórica contemporánea. A continuación, presentamos una memoria de los hechos.

Diógenes Escalante,  embajador en Washington

El 26 de enero de 1944, durante la comida ofrecida en Nueva York por la Cámara de Comercio de esta ciudad, conjuntamente con la Sociedad Panamericana al presidente venezolano Isaías Medina Angarita, se produjo en un momento significativo. Al condecorar a Severo Mallet-Prevot, el abogado sobreviviente de quienes defendieron los derechos de Venezuela ante el tribunal arbitral de París de 1899, el embajador de Venezuela en Washington, Diógenes Escalante, expresó entonces:

“Nosotros hemos aceptado el veredicto de ese arbitraje que tan persistentemente pedimos; pero en el corazón de cada venezolano hay una esperanza imperecedera de que algún día prevalecerá en el mundo el espíritu de la equidad y que éste nos traerá la reparación amistosa que en justicia y moralmente se nos debe.

Venezuela, víctima de sus disturbios internos y de su debilidad, estuvo prácticamente sola en su defensa. En aquel negro instante sólo una voz amiga, además de la suya propia, se alzó en su defensa: la de Severo Mallet-Prevost. Fue aquella una voz fuerte y docta, pero una sola en el proceso arbitral.

Nombrado primero, por el presidente Claveland, secretario de la Misión Americana, designada para formar parte en el arbitraje, fue luego el consejero legal de Venezuela cuando se presentó el caso al tribunal de arbitraje en París. Fue la suya una defensa, aunque infructuosa; pero nosotros jamás hemos olvidado su amistad y su interés por nuestra causa.

Hoy el presidente Medina ha encontrado la ocasión propicia para expresarle al señor Mallet-Prevost nuestro aprecio por lo que hizo, y prende en el pecho de nuestro amigo y consejero de ayer, la Orden del Libertador, es testimonio de la alta estimación en que el pueblo venezolano lo tiene y lo tendrá siempre. Puede que este acto de reconocimiento parezca muy tardío, pero demuestra que Venezuela nunca olvida a sus amigos.”[iii]

La declaración de Diógenes Escalante tuvo rápido alcance. Se exigió una “reparación amistosa” ante la injusticia cometida por la mutilación del territorio de la Guayana Esequiba venezolano. El mismo realizó una manifestación reivindicativa de suma seriedad.  Esta afirmación contó no solo con el conocimiento del Congreso Nacional, sino que fue realizada también ante el propio presidente de la nación, el general Isaías Medina Angarita.

Como consecuencia directa, el Congreso Nacional, en sus sesiones del 30 de junio y el 21 de julio de 1944, reaccionó mancomunadamente ante esta declaración. Tanto el parlamentario José A. Marturet en la Cámara de Diputados como el propio presidente del poder legislativo, Manuel Egaña, en el Senado, intervinieron para exigir la revisión del Laudo Arbitral de París. Este Laudo, que despojó a Venezuela de una porción significativa de su Guayana Esequiba, representaba una injusticia histórica infligida en plena época colonialista, incluso antes de que la entonces colonia británica, la Guayana Inglesa, vislumbrara su futura independencia, de la cual aún faltaban 22 años.

En 1944, Venezuela se enfrentaba directamente a la Gran Bretaña por este despojo territorial. Es notable que la revolución de octubre de 1945 y el subsiguiente cambio de régimen político en Venezuela no alteraron esta política de Estado. Por el contrario, la nueva administración continuó la misma línea de planteamientos defendida por la administración de Medina Angarita en relación con el reclamo del Esequibo.

El memorándum de severo Mallet Prevost

En 1949, la publicación del memorándum del estadounidense Mallet Prevost marcó un hito. Prevost, quien había servido como secretario de la Comisión de 1895 encargada de investigar la controversia entre Venezuela y Gran Bretaña, y además fue uno de los representantes de Venezuela en el tribunal de arbitraje, hizo importantes revelaciones en su célebre documento las «intimidades de la farsa de París». Es de recordar la condición de Mallet Prevost de que el documento solo debía publicarse luego de su fallecimiento, ocurrido en Nueva York, el 10 de diciembre de 1948.

En julio de 1949 el memorándum de Mallet Prevost fue publicado en una Revista Americana especializada en derecho internacional, en el trabajo del Dr. Otto Schoenrich, titulado Memorándum de Severo Mallet Prevost, el cual detalla el desarrollo de los secretos entre bastidores   del litigio, haciendo hincapié en que la sentencia fue fruto de una componenda entre Martens y los jueces británicos.  Fue entonces cuando Venezuela reanimó sus dudas y cuestionamientos al controversial Laudo de París, como muy bien lo hicieron las primeras administraciones de la entonces democracia representativa, de los gobiernos del partido Acción Democrática; primero de Rómulo Betancourt (1959-1964) y después de Raúl Leoni (1964-1969), a partir de entonces los sucesivos gobiernos le dieron continuidad en la agenda de la política exterior venezolana, al tema de la reclamación del territorio Esequibo. Lo más significativo de este memorándum es la argumentación que Mallet–Prevost aporta para demostrar que la sentencia en definitiva no fue sino una componenda entre Gran Bretaña y Rusia. Según Mallet–Prevost, Rusia concedería a Gran Bretaña el territorio disputado a Venezuela, a condición de que luego Gran Bretaña le concediera también a Rusia otra serie de ventajas en posteriores procesos arbitrales por disputas territoriales en Asia. Las revelaciones vienen a confirmar lo que dice Federico Martens en su libro Rusia e Inglaterra en Asia Central[iv], el compromiso unánime al que se llegó, fue un arreglo de los poderosos contra la débil Venezuela, un acomodo ruso–británico. Venezuela aceptó el Memorándum como incuestionable, Inglaterra lo rechazó. La aplicación de este importante documento coincide en la apertura de archivos británicos y estadounidenses


[i] Miembro Correspondiente de la Academia Nacional de la Historia de Venezuela por el Estado Mérida. Investigador y Docente del Instituto de Investigaciones Históricas «P. Hermann González Oropeza, S. J» de la Universidad Católica Andrés Bello. Profesor Titular de la Escuela de Historia, de la Facultad de Humanidades y Educación, de la Universidad de Los Andes ULA, Mérida-Venezuela. Magister en Historia de Venezuela por la Universidad Católica Andrés Bello. Doctor en Historia por la Universidad Nacional de La Plata–Argentina. Coordinador del Doctorado en Estudios Políticos ULA.

[ii] Andrés, Bello. “Derecho Internacional I.” En: Obras Completas de Andrés Bello. Tomo X. Caracas: Fundación Casa de Bello, 1981, p.72

[iii] “Palabras del Doctor Diógenes Escalante en la comida ofrecida en Nueva York por la Camara de Comercio de esa ciudad conjuntamente con la Sociedad Panamericana (Nueva York 26 de enero de 1944) En: Libro Amarillo de los Estados Unidos de Venezuela Presentado al Congreso Nacional en sus Sesiones Ordinarias de 1944 por el Ministro de Relaciones Exteriores. Caracas: Tip. Americana, 1944, pp.16-17         

[iv] Federico, Martens. Rusia e Inglaterra en Asia Central (Traducción y estudio preliminar Héctor Gros Espiell). Caracas: Ediciones de la Presidencia de la República, 1981

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