
Tomada de RTVE.es
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) determinó que incumplir las obligaciones climáticas que tienen los Estados es «un acto internacionalmente ilícito» y puede conllevar «reparaciones» al país afectado, algo que se estudiaría «caso por caso», dependiendo de las circunstancias. Las consecuencias legales pueden incluir «el cese de la acción u omisión ilícita, si continúa en el tiempo».
La Corte consideró que los países tienen el «deber de prevenir daños significativos» al medioambiente y «deben utilizar todos los medios a su alcance para evitar que actividades dentro de su jurisdicción o bajo su control causen tales daños». Indican que el sistema climático «debe ser protegido» para las «generaciones presentes y futuras».
El juez señaló que los países firmantes de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que incluye a la Unión Europea, Estados Unidos y China, tienen «la obligación de adoptar medidas para contribuir a la reducción» de emisiones de gases de efecto invernadero «de origen humano».
La CIJ defiende el «derecho humano a un medioambiente limpio, saludable y sostenible», pues este es «inherente al ejercicio de otros derechos fundamentales».



















