
Eglé Iturbe de Blanco | 28 de enero de 2020
La incorporación del Embajador de Cuba en Venezuela, Dagoberto Rodríguez Barrera, al Consejo de Ministros de Nicolás Maduro, es una nueva violación a la soberanía, la identidad nacional y a nuestra Carta Magna, la cual establece en su artículo 1° que la República Bolivariana de Venezuela es libre e independiente. Es por esta razón que ningún representante de gobierno extranjero por muy cercano que sea ideológicamente al gobierno de turno, puede participar formalmente en el órgano máximo de toma de decisiones de las políticas públicas de la República. La decisión seguramente cuenta “bendición” de Raúl Castro Ruz y fue anunciada el pasado 20 de enero, en cadena de radio y televisión, por Nicolás Maduro.
El artículo 242 de la CRBV establece que ”Los Ministros y Ministras son los órganos directos de Presidente de la República y reunidos o reunidas conjuntamente con éste o ésta y con el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta ejecutiva integran el Consejo de Ministros”, lo cual significa que ninguna persona que no ejerza estos importantes cargos podrá ser miembro de esa instancia en la cual se toman las decisiones de Estado, en todo caso sólo podrá asistir en carácter de invitado a efectos de tratar un tema específico. Es evidente que no es el caso que nos ocupa.
Asimismo el artículo 243 señala “El Presidente o Presidenta de la República podrá nombrar Ministros y Ministras de Estado, los o las cuales, además de participar en el Consejo de Ministros, asesorarán al Presidente o Presidenta de la República y al Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva en los asuntos que le fueren asignados.” Si el embajador de otro país, en este caso el de la República de Cuba, va a integrarse al Consejo de Ministros debe asumir una responsabilidad de Ministro de Estado, lo cual crea una incompatibilidad de funciones en el área internacional porque se verá obligado a decidir cuáles intereses debe defender, y sin duda serán los de su país de origen.
El artículo 244 señala “Para ser Ministro o Ministra se requiere poseer la nacionalidad venezolana y ser mayor de 25 años, con las excepciones establecidas en esta Constitución”, además se definen sus responsabilidades en este artículo y los que le siguen.
Cabe preguntarse si el embajador de Cuba, Dagoberto Rodríguez, autorizado por Raúl Castro y definido por Nicolás Maduro como “nuestro hermano mayor y protector”, va a ser nombrado ministro para poder integrarse al Gabinete Ejecutivo y si para efectuar este nombramiento ha sido declarado ciudadano venezolano, amén de haberse creado, además un nuevo Ministerio de Estado para tal fin. De ser así esta decisión no ha sido publicada en Gaceta Oficial.
Si se revisa el Reglamento Interno del Consejo de Ministros, publicado como Decreto No. 1.528, en Gaceta Oficial 40.580 del 14 de enero del 2015, encontramos en su artículo 2° lo siguiente: Naturaleza Jurídica y Principios . “El Consejo de Ministros es el órgano superior de dirección política, estratégica y administrativa de la Administración Pública Nacional, su organización y funcionamiento está sometido plenamente a la Constitución y a la ley”, en consecuencia, la incorporación de una persona que representa los intereses de otro país no puede participar en el mismo y se está cometiendo un acto de traición a la soberanía nacional, quedando la República ya no en manos de una alianza cívico militar, sino en una alianza cívico- militar- castrista , con todo lo que eso significa en la violación de nuestra Constitución, en la pérdida de dignidad de las Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB) y en la calidad de vida de los venezolanos.
Durante la alocución Maduro reconoció hay 25.000 cubanos actualmente en Venezuela participando en programas de salud, educación, cultura y desarrollo compartido. De acuerdo con otras fuentes, están presentes también en el Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional (CEOFAN) y en las empresas públicas que forman parte del mapa estructural de administración central. Asimismo están presentes y forman parte de múltiples empresas industriales, agroindustriales, mineras, petroleras, eléctricas y de transporte.
La justificación que dio Nicolás Maduro para esta decisión fue el reforzamiento de la relación con Cuba, la cual desde todos los puntos de vista que puedan observarse en relación a las políticas públicas y el manejo de la administración pública, no requeriría que los ministerios abrieran sus puertas a los asesores cubanos y a su embajador para adoptar mejores y más oportunas políticas públicas que atiendan al interés de la solución de los problemas de los venezolanos. Cabe destacar que parte de los servicios básicos a la población ya están en manos de Cuba, como es el caso de los documentos de identidad, los sistemas de información, el procesamiento de los resultados electorales, la compra de medicamentos a través de empresas intermediarias y la estructura y nomenclatura de los ministros, entre otras actividades.
Sería conveniente identificar en qué áreas concretas están los 25.000 ciudadanos cubanos reconocidos por Maduro y cuáles son sus verdaderas actividades dentro del país a fin de evaluar su capacidad de apoyo positivo a la población y no solo a la estructura de poder. La reconstrucción de la institucionalidad administrativa del país debe tomar en cuenta esta circunstancia y proponer acciones concretas para eliminar este tipo de intervención disfrazada de apoyo social.
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