Integridad Electoral

Misión de Unasur se limitará a presenciar el proceso del 6D

Baranda

Nota de coyuntura, por Eugenio Martínez – 15 de noviembre de 2015

El convenio de Acompañamiento Electoral suscrito entre el Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Unión de Naciones Suramericana (Unasur) incluye varias limitaciones a las declaraciones que pueden realizar los integrantes de la misión y a los datos que se colocarán en los tres informes que deben entregar al organismo electoral venezolano.

Entre otras particularidades el convenio de acompañamiento enfatiza que la presencia de la Misión Unasur tiene por objeto asegurar la presencia institucional de su Consejo Electoral a través de una misión electoral que se llevará a cabo para “presenciar el proceso electoral, dentro del marco del respecto, la solidaridad y cooperación”.

La Unasur se comprometió a tomar “el debido conocimiento de la normativa, las prácticas electorales aplicadas al proceso comicial y el contacto con los actores político y otros actores relevantes. Asimismo y conforme a los principios del Estatuto del Consejo Electoral de Unasur verificará y analizará las diferentes etapas del proceso en sus aspectos administrativos, legales y procedimentales”.

Dentro del convenio se indica que la Misión de Unasur deberá entregar tres informes. El primero antes de la jornada electoral del 6 de diciembre en el cual únicamente se deben detallar las actividades realizadas y las que tendrá lugar durante la jornada de votación. En el artículo 15 se enfatiza que este informe no contendrá “valoraciones” de lo observado.

Por otra parte, el segundo informe de la Misión debe entregarse en la jornada posterior a las elección. Según el convenio este informe preliminar solo debe contener “una consideración genérica de la elección, el cual se entregará al CNE”.

Por último, “dentro de los 15 días siguientes a las elecciones y analizada toda la información recogida”, la Misión de la Unasur debe entregar un informe final que contendrá “un resumen ejecutivo, el marco institucional y normativo de la Misión, su metodología, descripción del entorno institucional, actividades preparatorias informadas y presenciales, entrevistas realizadas, despliegue territorial de la Misión, análisis de los informes de la jornada electoral, recomendaciones y anexos”.

Además de las limitaciones en la redacción de los informes el artículo 18 del convenio suscrito con el CNE establece que “el Representante Especial de la Misión o el Coordinador General podrán hacer comentarios generales sobre el proceso electoral. Sus comunicaciones públicas darán cuenta de las actividades realizadas por la Misión y evitarán las valoraciones subjetivas sobre las etapas del proceso electoral en forma previa a las presentación del Informe del CNE”.

Por otra parte, el artículo 21 restringe la entrega de los informes, indicando que la Misión Unasur entregará el informe preliminar “a la presidenta del CNE (…) El informe contendrá un análisis del contexto legal y político, las actividades realizadas, la metodología empleada, los aspectos técnicos electorales del proceso de votación y en particular las auditorias presenciadas”.

En este artículo se enfatiza que el informe “podrá contener sugerencias y recomendaciones que promuevan la generación de conocimientos y la divulgación de buenas practicas en materia electora al país anfitrión y a los organismo electorales que conforman el Consejo Electoral de Unasur.

Adicionalmente se indica en este artículo que “el Representante Especial de la Misión podrá hacer público una síntesis objetiva del resultado de la experiencia de Acompañamiento”. Además se establece que se entregará copia del Informe a la Secretaria General de Unasur y a la Presidencia Pro- Tempore de Unasur”, que es desempeñada en este momento por Uruguay, pero que a parte del mes de enero de 2016 debe pasar a Venezuela.

La Misión Unasur vendrá a Venezuela bajo un esquema de cofinanciamiento. Mientras el organismo aportará hasta un monto máximo de 300 mil dólares, el CNE financiará el alojamiento de la Misión, “previa coordinación con la administración del presupuesto general que Unasur ha destinado para los gastos generales”.

Por último, aunque aún se desconoce quién serán el Representante de Unasur, y el Coordinador Electoral el convenio indica que la Misión estará integrada de la siguiente manera:

  • Un Representante Especial del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Unasur.
  • Un Coordinador General Electoral elegido por el Consejo Electoral de la Unasur
  • Dos asistentes para el Representante Especial y el Coordinador General Electoral
  • Hasta 4 autoridades o funcionarios de organismo electorales que conforman el Consejo Electoral por cada estado miembro.

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