
Claudio Alberto Briceño Monzón[1]
“Han sido frecuentes en América Latina, en la conformación y delimitación de espacios vacíos o subpoblados, pérdidas territoriales debidas a la negligencia de ductores nacionales, apoyadas en erradas percepciones geográficas de la opinión pública de sus respectivos países acerca del valor de dichos espacios. Estimamos que la cambiante geografía de la percepción es clave para entender la geografía histórica del comportamiento social en la conformación, utilización y delimitación de espacios fronterizos.”[2]
Pedro Cunill Grau
De Puerto España a los buenos oficios
Entre 1970 y 1982, el diferendo territorial fue congelado durante un período de doce años bajo lo estipulado en el Protocolo de Puerto España. Esta situación, marcada por un contexto internacional que, independientemente de las buenas intenciones, permitió que Guyana se preparara para la ofensiva de la cual nuestro país es hoy objeto.
La frontera de Venezuela con Guyana, anteriormente conocida como Guayana Británica, sigue bajo reclamación debido a la forma irregular y contraria a los intereses venezolanos en que fue establecida. Esta controversia territorial por la Guayana Esequiba se reactivó el 18 de junio de 1982, durante el gobierno del presidente venezolano Luis Herrera Campíns (1979-1984), siguiendo el procedimiento prescrito por el Acuerdo para resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica. Según lo establece este pacto, Guyana y Venezuela encomendaron al secretario general de la ONU que propusiera, a ambos países una solución pacífica, seleccionada entre las opciones contempladas en la Carta de las Naciones Unidas.
Durante veintinueve años, desde 1989 hasta 2018, los buenos oficiantes nombrados por la ONU se encargaron de buscar resolver y mediar en la controversia territorial. La mayoría de estos mediadores fueron representantes de la CARICOM, es decir, del Caribe angloparlante, constituido por un conjunto de islas que fueron colonizadas por los ingleses y que obtuvieron su independencia entre mediados y finales del siglo XX. Es importante señalar que estos representantes eran más proclives a la posición guyanesa que a la venezolana.[3]
Del Acuerdo para resolver la controversia a la Corte Internacional de Justicia
El medio más idóneo y menos traumático para resolver las controversias internacionales es la negociación directa entre las partes. Sin embargo, el Derecho Internacional prevé, tal como se refleja en el artículo 33° de la Carta de las Naciones Unidas, otros mecanismos de solución pacífica para dirimir la controversia entre los sujetos de Derecho Internacional.
La Corte Internacional de Justicia (CIJ) posee una doble competencia: una contenciosa, que se refiere exclusivamente a los Estados que consienten en someterse a su jurisdicción; y una consultiva, que permite el acceso de organismos internacionales autorizados, como los componentes de las Naciones Unidas y las corporaciones especializadas. En ambos tipos de procedimientos, la Corte debe decidir previamente sobre su propia competencia. Una vez aceptado el recurso, se inicia un proceso mixto que comprende una parte escrita y una parte oral. Las decisiones de la Corte son obligatorias, definitivas e inapelables. Constituyen un acto jurídico internacional y vinculan únicamente a las partes involucradas en la controversia, lo que responde al principio de la relatividad de las decisiones.
Es importante tener en cuenta que la sentencia arbitral de 1899 es considerada vigente por Guyana, aunque cuestionada por Venezuela en el Acuerdo de Ginebra de 1966; así como entender que las decisiones arbitrales de carácter internacional son de obligatorio cumplimiento por las partes. La vía jurisdiccional le otorgaría a Venezuela la posibilidad de que su pretensión sea admitida y logre avanzar un paso más en la reclamación, pero sería necesario invocar la nulidad del laudo de 1899 con base en una serie de argumentos histórico-jurídicos que consideran tanto la falta de motivación del Laudo como el fraude procesal y otros vicios inherentes al procedimiento arbitral que decidió los límites entre Venezuela y la Guayana Británica.
La reivindicación de la Guayana Esequiba es una reclamación que ya acumula más de dos siglos de incertidumbre, sin lograr una solución. Es por esto, que más allá de las coyunturas actuales, estamos ante una situación que amerita la unificación de un criterio nacional con respecto a las estrategias jurídicas y políticas a asumir ante la CIJ.
El proceso de buenos oficios, no tuvo como resultado un progreso significativo para resolver la controversia, el caso fue derivado a la Corte Internacional de Justicia CIJ en La Haya, por un pedido del secretario general de las Naciones Unidas del 30 de enero de 2018, objetado por el gobierno de Venezuela en una comunicación del 26 de febrero de 2018; por su parte Guyana presentó de forma unilateral una demanda ante la CIJ, el 30 de marzo de 2018, solicitando la ratificación del laudo de 1899. Todo ello trajo como consecuencia que la CIJ, decidiera el 18 de diciembre de 2020, que tiene jurisdicción para conocer sobre la demanda presentada por Guyana y la petición realizada por el secretario de las Naciones Unidas.
[1] Miembro Correspondiente de la Academia Nacional de la Historia de Venezuela por el Estado Mérida. Investigador y Docente del Instituto de Investigaciones Históricas «P. Hermann González Oropeza, S. J» de la Universidad Católica Andrés Bello. Profesor Titular de la Escuela de Historia, de la Facultad de Humanidades y Educación, de la Universidad de Los Andes ULA, Mérida-Venezuela. Magister en Historia de Venezuela por la Universidad Católica Andrés Bello. Doctor en Historia por la Universidad Nacional de La Plata–Argentina. Coordinador del Doctorado en Estudios Políticos ULA.
[2] Pedro Cunill Grau. “Espacio y fronteras: un abordaje latinoamericano.” En: Las Fronteras de Venezuela: Libro Homenaje a Isidro Morales Paúl. Caracas: Universidad Metropolitana, Centro de Estudios Estratégicos y Relaciones Internacionales, 2007, p.28.
[3] La figura del buen oficiante en la controversia entre Venezuela y Guyana fue ocupada por: el granadino Alistair McIntyre, de 1989 a 1999; el barbadense Oliver Jackman de 1999 a 2007, y el jamaiquino Norman Givan de 2010 a 2014. Posteriormente, el 27 de febrero de 2017, fue designado el diplomático noruego Dag Nylander como mediador en la disputa territorial guyanesa–venezolana por la Guayana Esequiba. Su gestión se prolongó hasta el 2018. Cabe destacar que Nylander fue el jefe del equipo diplomático noruego que actuó como garantes del proceso de paz en Colombia entre 2012 y 2016, y representó a su país ante la ONU entre 2001 y 2014.
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