Carta del Director

Jaque a la Fuerza Armada Nacional

Carta del Director

Foto: Alba Ciudad

Editorial

10 de febrero de 2020, Benigno Alarcón Deza

La nueva “Ley Constitucional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana” da una vuelta más de tuerca en un proceso que busca cambiar la naturaleza institucional y políticamente neutral de la Fuerza Armada para colocarla al servicio incondicional del régimen y de un proyecto político de dominación autoritaria. Asimismo, la Ley abona al debilitamiento de la FANB mediante un cambio de equilibrios de poder entre ésta y otros grupos armados al servicio del régimen, así como hacia el interior mismo de la  institución.

Aunque la semana cierra con los medios y la atención en general centrada en la visita del Presidente Guaidó a Estados Unidos, como una forma de medir el respaldo que la potencia norteamericana mantiene al liderazgo de Guaidó, sobre todo después de las especulaciones y la polémica que se levantó en las redes y medios tras la parada en Miami en la que no hubo encuentro con el Presidente Trump. Lo ocurrido durante la alocución del Presidente norteamericano ante el Congreso de Estados Unidos sobre el Estado de la Unión, aclara más de una duda y envía varios mensajes importantes al régimen venezolano y a varios de sus aliados internacionales: Estados Unidos reconoce a Juan Guaidó como presidente de la Asamblea Nacional, como presidente Interino de Venezuela y como líder democrático. Estados Unidos está y seguirá comprometido con el proceso de democratización y la restauración de la democracia en Venezuela porque el liderazgo de Guaidó no es una política de la administración Trump sino una Política de Estado que goza, como pocas en la actualidad, de respaldo bipartidista, como lo demostraron las reacciones a su mención como Presidente interino; tal respaldo bipartidista, fue pública y eufóricamente demostrado con dos largas ovaciones de pie a Guaidó de todos los asistentes tanto del gobierno como de la oposición estadounidense, enviando un importante mensaje hacia el resto del mundo y allanando de manera importante el camino hacia una escalada en la presión norteamericana e internacional sobre el régimen venezolano. Toca ahora la compleja tarea de convertir tal respaldo en acciones que puedan materializar el propósito de devolver la democracia a Venezuela.

Mientras tanto, en Venezuela el régimen pareciera avanzar a marcha forzada en su proyecto de autocratización a los fines de garantizar su estabilidad en el poder, tras un 2019 plagado de obstáculos que Maduro logró sortear y que, por los resultados de la gira internacional de Guaidó, y en especial de su visita a Estados Unidos, parecieran estar lejos de terminar.

Para ello el régimen continúa avanzando hacia la convocatoria de elecciones parlamentarias este año, al tiempo que hace ajustes en materia económica, invita a los rusos a demostrar su apoyo al régimen de  Maduro, a lo cual Serguél Lavrov, el experimentado y muy ocupado canciller ruso, responde con una visita exprés a Cuba, México y Venezuela,  para marcar territorio sobre lo que puede considerarse un triangulo estratégico para la expansión de la influencia rusa en el continente, como retaliación a la influencia norteamericana sobre los territorios que en algún momento formaron parte de la Unión Soviética, enviando una respuesta al mensaje de Trump y hacia dentro de nuestro propio país, “casualmente” a los pocos días en que la Asamblea Nacional Constituyente aprueba, sorpresivamente y sin discusión, una nueva “Ley Constitucional de la Fuerza Armada Bolivariana”.

Como marco de referencia a lo que podría estar detrás de esta Ley es importante recordar que en todo proceso de transición política se presentan dos variables de cuya inter-relación depende, en buena medida, su materialización. Nos referimos al balance entre costos de tolerancia y costos de represión.

Ya Robert Dahl (1971) decía que la democratización es el resultado de incrementar el costo de la opresión al tiempo que se reduce el de la tolerancia. Hoy, cincuenta años después de que este influyente académico expresase esta conclusión, la misma pareciera no solo continuar vigente, sino que se constituye en la base de una nueva tesis, como la de Staffan Lindberg que tiene el potencial para ser reconocida como una nueva teoría explicativa de las variables causales de las transiciones a la democracia.

Cuando se está en presencia de regímenes que han ejercido el gobierno de manera autoritaria, todo movimiento hacia la alternancia en el poder se convierte en una amenaza real a los intereses, el patrimonio, la seguridad y, en ocasiones, hasta a la vida misma de quienes se benefician del statu quo. En tal sentido, un gobierno con vocación autoritaria que ha recurrido al uso de la fuerza para llegar al poder o para ejercerlo e imponer sus decisiones se encontrará ante un dilema cuando la presión por reformas democráticas o el poder de los grupos de oposición crece, que tendrá que ser resuelto considerando el estado y balance entre estas dos variables:

  1. Costos de tolerancia, entendidos como las potenciales consecuencias que tendría cualquier reforma o decisión que pudiese incrementar el poder y la competitividad de los grupos de oposición, poniendo en riesgo el poder, la riqueza, el estatus quo y la seguridad misma de quienes hoy gobiernan;
  2. Costos de represión definidos como aquellos que el régimen estaría dispuesto a soportar para mantener el poder por la fuerza al evitar las reformas necesarias, controlar el comportamiento de los opositores o incluso para imponer resultados electorales (ciertos o no), expresados no solo en términos de legitimidad sino también en pérdidas económicas para el país y para ellos mismos, y hasta en vidas humanas.

Es así como la opresión (represión no solo física sino también expresada por otras formas de presión tales como apertura de procesos judiciales, fiscales, administrativos, manipulaciones clientelares, etc.) y la tolerancia, entendida como la disposición a permitir la transferencia del poder,  se constituyen en las dos estrategias disponibles para un régimen autoritario, y ambas tienen, como la práctica demuestra, tanto costos como beneficios. En la medida que los costos de la opresión para el gobierno se vuelven inoperantes o exceden a los de la tolerancia, mayores serán las posibilidades de que éste permita un mayor nivel de competitividad electoral real y de que se materialice una transición del poder hacia actores de la oposición.

Evidentemente, en esta estimación costo/beneficio entre tolerar un cambio político, y sus consecuencias, o mantener el poder mediante el uso de la represión, la certeza de contar con una Fuerza Armada y un aparato policial dispuesto a obedecer incondicionalmente, actuando contra su propio pueblo, es una condición sine que non para la sustentabilidad del régimen cuando ya no se cuenta con el apoyo y la legitimidad política necesaria para garantizar la gobernabilidad del sistema.

En este sentido, el régimen consciente de su falta de apoyo político y legitimidad da, con esta nueva “Ley Constitucional”, una vuelta más de tuerca en un proceso que busca cambiar la naturaleza institucional y políticamente neutral de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB cuyo adjetivo de “bolivariana” ya de por sí es inconstitucional por aludir a la ideología política de una parcialidad política, la del régimen, que se auto define como bolivariano, a través de aproximaciones progresivas en una secuencia, que lleva ya seis reformas, orientada a colocar a la FANB al servicio incondicional del régimen y de un proyecto politico de dominación autoritaria.

Una primera observación a la Ley parte del hecho de que la categoría de leyes constitucionales no existe en la Constitución vigente que solo reconoce la existencia de leyes orgánicas y leyes ordinarias. Ello implica la pretensión de la Asamblea Nacional Constituyente de crear leyes que estén sobre las leyes orgánicas e incluso sobre la misma Constitución vigente, violando la más elemental lógica jurídica.

En segundo lugar, la Ley introduce la figura del Estado Mayor Presidencial o del Comandante en Jefe, que ya existía de hecho y que ahora se le da carácter legal, tratando de dar mayor control al jefe del Ejecutivo sobre las decisiones militares.

Tercero, la Ley profundiza la lógica clientelar con la que se controla a buena parte de los soportes institucionales y políticos, como es el caso de la FANB, mediante la formalización constitucional, por tratarse de una ley con este supuesto rango, del Banco de la FANB, creado previamente por Decreto Presidencial, al tiempo que se crean feudos territoriales, denominados Zonas Económicas Especiales Militares, cuyo objeto no queda claro, lo que deja a discreción del Ejecutivo su asignación y funcionamiento.

Adicionalmente, la Ley abona a un cambio de equilibrios de poder entre la Fuerza Armada y otros grupos armados al servicio del régimen, así como hacia el interior mismo de la  Fuerza Armada. Entre las iniciativas, ya implementadas para lograr ese cambio de equilibrios que busca hacer al régimen menos dependiente de la FANB, está la redistribución de la capacidad y responsabilidad represiva entre actores diversos, tanto estatales (policías nacionales y estatales, así como la Guardia Nacional Bolivariana) como paraestatales y paramilitares  (milicias, colectivos armados, etc.).

Esta redistribución de las competencias represivas ha traído como consecuencia la redistribución del poder de fuego, lo que ha implicado que ni la FANB ni el Estado mismo tengan el monopolio de las armas y del uso de la violencia para el control del poder, sino que, por el contrario, las armas están distribuidas entre un conjunto de entidades formales e informales que actúan como contrapesos una de la otra, y que están al servicio de un proyecto político, casi siempre por razones relacionadas a la necesidad de mantener al régimen para preservar sus propios intereses. Es así como hoy se habla de grupos armados estatales o paraestatales que, aunque no hay cifras claras, algunos afirman que podrían superar los 100.000 hombres, lo que puede equiparase a las tropas con que cuentan hoy en día los cuatro componentes de la Fuerza Armada (Ejército, Aviación, Armada y Guardia Nacional). Este proceso, que se ha venido profundizando a mucha más velocidad a partir de la muerte de Chávez en el 2013 y las dificultades heredadas por Maduro para mantener el poder y la gobernabilidad, se inicia con la situación que se planteó el 11 de abril de 2002, cuando la Fuerza Armada Nacional se negó a activar el Plan Ávila para tomar militarmente la ciudad y evitar el desarrollo de las protestas que sacaron a Chávez del poder por 48 horas, lo que dió lugar a la creación de grupos paramilitares, como los Círculos Bolivarianos, a imagen y semejanza de los Círculos de Defensa de la Revolución (CDR) creados por el gobierno de Cuba para mantener el control social.

Otro cambio de equilibrio, no menos relevante, está relacionado con el equilibrio dentro de las  Fuerzas Armadas. Tradicionalmente el Ejército ha sido el componente con mayor número de tropas y armamento, pero a partir del aumento de las protestas contra el gobierno, se privilegió el fortalecimiento de la Guardia Nacional Bolivariana, la cual cuenta hoy con un número mayor de tropas que el Ejército mismo, y casi equivalente a la suma de las otras tres fuerzas. A esta situación, que podría encontrar su justificación en la necesidad de mantener el orden interno, se suma un factor que no puede ser ignorado y es el hecho de una relación históricamente complicada entre los tres componentes clásicos de la Fuerzas Armadas (aire, mar y tierra) y la Guardia Nacional, cuya identidad como componente militar siempre ha sido cuestionada. A esto, que podría implicar colocar a la GNB en la acera opuesta a los otros tres componentes, se suma la incorporación formal de la milicia como un componente especial que podría superar, por mucho, al número de tropas formales de toda la FANB, con el agravante de que este último componente no está formado en la disciplina militar y responde de manera directa al presidente de la República y no a las líneas y los órganos regulares de mando de la FANB.

En esta misma lógica de modificación de equilibrios, se atribuye a la milicia funciones de inteligencia y contra inteligencia, lo que, independientemente de su eficacia real, trata de constituirse en un mecanismo de contención mediante la amenaza del “todos vigilando a todos”, típica de los regímenes totalitarios, con la consecuente generación de condiciones para la desconfianza generalizada y el consecuente aislamiento del individuo. Asimismo, todos los componentes de la FAN tienen facultades de policía de investigación penal, lo que podría ser una forma de justificar la actuación de organismos de inteligencia militar en la persecución política.

Esta situación de minusvalía progresiva de la Fuerza Armada y de su transformación en una fuerza al servicio de un proyecto político, aleja a la institución militar de un posible rol de árbitro institucional en la medida que el gobierno tiene éxito en la implementación de esta política de “contrapesos armados” que pone en situación de jaque a la institución militar, lo cual, no cabe la menor duda, es uno de los objetivos del régimen con esta nueva Ley Constitucional. En sentido opuesto a lo que se cree, el sector militar podría más bien convertirse en rehén de Maduro, en la medida que aumentan sus costos de tolerancia a un cambio político como consecuencia de la persecución, las sanciones, amenazas, incertidumbres y desconfianza hacia actores internos o externos que lideran las iniciativas de transición al tiempo que se institucionalizan los incentivos clientelares.

Todo hace pensar que los cambios introducidos en la nueva “Ley Constitucional” no deben ser bienvenidos en la élite militar que tiene en sus manos una FAN cada vez más debilitada y dependiente de los designios de la élite política que controla el gobierno, con líneas de mando más difusas y con mayor descontento y menos control sobre su propia institución. A todo evento, esta Ley apunta a ser una escala más tras la cual vendrán otros ajustes en el mismo sentido que genera una Fuerza Armada más obediente e incondicionalmente al servicio de la “revolución”, alineada bajo otras hipótesis de conflicto, que incluyen una redefinición tanto del enemigo interno como del externo  -todos los que apoyan un cambio democrático- e incorporando a la milicia como componente regular. Los predecibles cuestionamientos a estos cambios aconseja que tanto Guaidó, como líder demócrata y la Asamblea Nacional, no demoren la declaración sobre la inconstitucionalidad de la “Ley Constitucional de la Fuerza Armada Bolivariana”, apelando a una visión alternativa y consistente con lo que debe ser el futuro de una institución militar al servicio del Estado, y no una al servicio de una parcialidad o proyecto político, como es condición esencial a su naturaleza en cualquier democracia.

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